Buscador

miércoles, 2 de julio de 2008

Guía para la edición y publicación de las páginas web de la Administración General del Estado

En España, la Guía para la edición y publicación de las páginas web de la Administración General del Estado es de aplicación a las páginas web elaboradas por la Administración General del Estado y los Organismos Públicos vinculados. Esta guía fue aprobada por Resolución de 9 de marzo de 2005 de la Secretaría General para la Administración Pública y posteriormente modificada por la Resolución de 2 de abril de 2007 (BOE nº 91, 16/04/2007).

El apartado 2.3 Criterios de accesibilidad dice:

La accesibilidad en un sitio Web consiste en garantizar el acceso a la información y a los servicios de sus páginas sin limitación ni restricción alguna por razón de discapacidad de cualquier carácter o condicionantes técnicos, debiendo tener en cuenta que muchas personas que acceden a la información incluida en páginas web lo hacen desde diferentes dispositivos y contextos.

Con el fin de ayudar y facilitar el acceso a la información, las páginas web deben cumplir una serie de pautas y recomendaciones indicadas por el grupo de trabajo WAI (http://www.w3.org/WAI/), que forma parte del consorcio de W3C (http://w3.org). Tales pautas conforman un estándar de hecho en materia de accesibilidad a las páginas web.

WAI establece tres niveles de verificación o adecuación que son; nivel 1 (A), nivel 2 (AA) y el nivel 3 (AAA), cuyo orden de importancia comienza en el nivel 1. La obtención de estos niveles es acumulativa, es decir, el portal no alcanzará el nivel 3 de cumplimento si no se han satisfecho los dos niveles anteriores.

El sitio Web debe intentar cumplir con los dos primeros niveles de adecuación (AA), de esta forma, se puede asegurar que la mayor parte de los usuarios pueden acceder a la información publicada.

Para ayudar en la comprobación de las recomendaciones, se debe utilizar la herramienta TAW, Test de Accesibilidad Web, (http://www.tawdis.net/), participada por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Cuya aplicación ayudará, de una forma automática, a encontrar posibles defectos en el código que pueden suponer un problema en el acceso a la información.

También se debe tener en cuenta que algunos de los puntos sólo se pueden verificar de una forma manual y que deberá ser el desarrollador o integrador Web el que debe interpretar, de una forma objetiva, si el portal se adecua a las recomendaciones dispuestas.

Una vez que las páginas web hayan satisfecho los dos niveles de adecuación se deberá indicar al visitante, a través de la imagen correspondiente, su cumplimento dentro de un apartado dedicado a Accesibilidad.

1 comentario:

Anónimo dijo...

En cuanto a guías de este tipo, la más completa me parece la del gobierno de Chile: http://www.guiaweb.gob.cl/guia/